Seguros de autos la intención de dar jaque

No hace falta recurrir a la prensa especializada para encontrar de manera periódica noticias respecto a la inseguridad que dice presente en toda la República Argentina. Esta no encuentra respuestas contundentes y cada funcionario público tiene una visión diferente a cuál es la mejor manera en que esta se debe combatir.
hace 3 años, 6 meses
Seguros de autos la intención de dar jaque

Pasa el tiempo y esta, como ya se ha dicho, no deja de ser tema de agenda para todo aquel que quiera alzar la voz y llamar la atención de la opinión pública lanzando grandilocuentes recetas, probadas o novedosas, que probablemente se choquen contra otras alternativas de la oposición que no quiere perder terreno y, por consiguiente, votos para una futura elección.

Lo cierto de todo esto es que la inseguridad no es una sensación y la delincuencia parece la única preocupada en perfeccionar sus métodos y habilidades para hacer de esta una “industria” que llegue a todos los estamentos de la sociedad.

Ante esta realidad algunos conductores parecen ver con buenos ojos formar parte de este teatro que se presenta en todo el país pidiendo resarcimientos por diferentes tipos de siniestros, haciendo gala de planes minuciosamente pensados.

Las compañías de seguros, conscientes de esta realidad, demuestran que necesitan estar preparadas para estar dispuestas a analizar e investigar a todos y cada uno de los reclamos, evitando de esta manera que paguen justos por pecadores.

En CompreSeguros.com nos suelen consultar en caso de que se produzca un accidente si la compañía aseguradora puede investigar el hecho. La respuesta basada en el artículo 46 de la Ley de Seguros (Ley 17.418) es que “(…) el asegurado está obligado a suministrar al asegurador, a su pedido, la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de la prestación a su cargo y a permitirle las indagaciones necesarias a tal fin”.

Además en el mismo artículo se estipula la facultad del asegurador diciendo que “El asegurador puede examinar las actuaciones administrativas o judiciales motivadas o relacionadas con la investigación del siniestro, o constituirse en parte civil en la causa criminal”.

A la pregunta respecto a que si compañía aseguradora puede investigar el hecho debe agregarse el artículo 47 de la citada ley que plantea “El asegurado pierde el derecho a ser indemnizado, en el supuesto de incumplimiento de la carga prevista en el párrafo 1º del artículo 46, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia”.

Peor aún es el panorama en caso de “incumplimiento malicioso” descripto en el artículo 48. “El asegurado pierde el derecho a ser indemnizado si deja de cumplir maliciosamente las cargas previstas en el párrafo 2º del artículo 46, o exagera fraudulentamente los daños o emplea pruebas falsas para acreditar los daños”.

Como puede comprobarse la inseguridad dice presente sin previo aviso, pero no es una actividad que esté libre de ser investigada. Las compañías de seguros no solo que pueden investigar y hacer preguntas, sino que lo hacen para que la tranquilidad de los honrados clientes no se vea puesta en jaque.

Las falsas denuncias y los intentos por defraudar a las compañías de seguros, por el motivo que cada persona lo haga, trae aparejado para ese asegurado que este accionar lo preceda ante cualquier firma y para los buenos asegurados que las pólizas se encarezcan por la sencilla y real política de abrir el paragua que aplican las aseguradoras para poder seguir siendo rentables y garantizar las respuestas que han pactado con cada uno de sus clientes.

En seguros de autos siempre existirá la intención de dar jaque por parte de algunos asegurados, pero es imperioso que primero evalúe los riesgos y consecuencias de su jugada.