Entró en vigencia el sistema scoring federal

Tal como lo anunciara días atrás Alexis Guerrera junto a Pablo Martínez Carignano, ministro de Transporte y director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), respectivamente, desde hoy 3 de agosto entró en vigencia el sistema para el descuento de puntos por infracciones de tránsito.
hace 1 año, 9 meses
Entró en vigencia el sistema scoring federal

El sistema para el descuento de puntos por infracciones de tránsito llamado también scoring significa, de acuerdo a lo expresado por el ministro, poder saldar una deuda pendiente, que se ha logrado gracias al esfuerzo y trabajo de todas las provincias con la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

En declaraciones a la prensa Guerrera remarcó el espíritu de esta norma: lograr una conducción más segura sancionando a quienes no cumplen con las reglas. En tal sentido, el ministro sostuvo: “el scoring cambia el paradigma de lo que se ha venido haciendo en Argentina, y ahora se apunta a penalizar la conducta de forma tal que ese conductor que es desaprensivo, tenga consecuencias sobre la posibilidad de seguir utilizando su carnet en el sistema de puntajes que se le da inicialmente”.

¿De qué se trata el sistema scoring federal?

El scoring o sistema para el descuento de puntos por infracciones de tránsito fue establecido en el año 2011 por el Decreto 437/11, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, pero recién ahora se implementará a nivel nacional para que, según lo expresado por Pablo Martínez Carignano, se acabe aquel error de solucionar las multas solo con dinero sin importar cuál haya sido la falta cometida.

El director ejecutivo de la ANSV remarcó que el scoring busca brindar equidad ante los malos hábitos, pero además que “se paguen con descuentos de puntos, que según la gravedad o reiteración de las conductas temerarias al volante puedan costar la inhabilitación de la licencia”.

El scoring consiste entonces en la asignación inicial de 20 puntos a cada conductor con Licencia Nacional de Conducir, los cuales se irán descontando de acuerdo a la cantidad y tipo de falta que el conductor cometiese.

¿Cuánto me descuenta por….?

Como queda claro no todas las infracciones representan la misma cantidad de puntos descontados, sin embargo, es importante destacar que resulta indistinta la jurisdicción en la que fueron cometidas.

En la web de Argentina.gob.ar se puede verificar el esquema de puntos completo, no obstante, citamos algunas de las infracciones más habituales y cuántos puntos descuentan:

Por circular sin las placas de identificación de dominio, o sin las correspondientes a las establecidas por la ley, o no tenerlas en el lugar reglamentario, o ilegibles, o con aditamentos no reglamentario: 2 puntos.

Por estacionar, en zona urbana, frente a la puerta de hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta DIEZ (10) metros a cada lado de ellos, salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento: 2 puntos.

Por estacionar, en zona urbana, en las esquinas, entre su vértice ideal y la línea imaginaria que resulte de prolongar la ochava y en cualquier lugar peligroso, serán restados: 2 puntos.

Por no usar los ocupantes los correajes de seguridad reglamentarios: 4 puntos.

Al propietario o tenedor de un vehículo, por ceder o permitir la conducción a personas sin habilitación para ello: 4 puntos.

Por conducir sin tener cumplida la edad reglamentaria: 4 puntos.

Por circular sin tener cobertura de seguro obligatorio: 4 puntos.

Por no respetar las indicaciones de las luces de los semáforos: 4 puntos.

Por negarse a exhibir la documentación exigible, documento de identidad, comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo, comprobante del pago del peaje (de corresponder), constancia de revisión técnica obligatoria, licencia de conducir correspondiente, cédula de identificación del vehículo y el comprobante del seguro en vigencia: 4 puntos.

Por circular sin que el número de ocupantes guarde relación con la capacidad para la que el vehículo fue construido o por no viajar los menores de DIEZ (10) años en el asiento trasero con los dispositivos homologados de retención infantil correspondientes a su peso y tamaño: 5 puntos.

En motocicleta o ciclomotor sin llevar correctamente el casco normalizado el conductor y el acompañante, serán restados de la licencia de conducir la cantidad de CINCO (5) puntos. 2.- En motocicleta o ciclomotor sin parabrisas, el conductor que no use anteojos de seguridad normalizados: 5 puntos.

Por circular con licencia de conducir vencida: 5 puntos.

Por no respetar la prioridad de los peatones en las sendas peatonales o zonas peligrosas: 5 puntos.

Por no poseer los sistemas de seguridad originales en buen estado de funcionamiento: 5 puntos.

Por no cumplir las reglas previstas para el uso de las luces: 5 puntos.

Por conducir con licencia suspendida por ineptitud: 5 puntos.

Por conducir utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas o monitores de video VHF, DVD o similares en el habitáculo del conductor: 5 puntos.

Por no respetar el orden de prioridad normativa exigido. Por no respetar las indicaciones de la autoridad de comprobación o aplicación, las señales de tránsito y las normas legales, en ese orden de prioridad: 10 puntos.

Por conducir bajo los efectos de estupefacientes o medicamentos que alteren los parámetros normales para la conducción segura: 10 puntos.

Por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos, en caso de que el exceso de velocidad supere el 30% del máximo permitido: 10 puntos.

Negarse a realizar las pruebas expresamente autorizadas para determinar su grado de intoxicación alcohólica o por drogas: 10 puntos.

Por circular a contramano, sobre los separadores de tránsito o fuera de la calzada, salvo sobre la banquina en caso de emergencia: 10 puntos.

Por no cumplir con las obligaciones legales para partícipes de un accidente de tránsito: 10 puntos.

Conducir estando inhabilitado o con la habilitación suspendida: 20 puntos.

Por participar u organizar, en la vía pública, competencias no autorizadas de destreza o velocidad con automotores: 20 puntos.

Para poder circular elija un buen seguro

De acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 24.449, en su artículo 68, “todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por seguro, de acuerdo a las condiciones que fije la autoridad en materia aseguradora, que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no” para poder circular por el territorio nacional.

El seguro exigido es el de responsabilidad civil, popularmente conocido como contra terceros. Con el sistema de scoring, circular sin la cobertura obligatoria significa la pérdida de 4 puntos. Cabe recordar que la póliza digital tiene completa validez para ser presentada ante las autoridades competentes que así lo exijan.

Dilucidar cuál es el seguro de autos más conveniente en cada caso no siempre resulta una tarea fácil de resolver, es por ello que herramientas como el cotizador online de seguros o los servicios de brindados por CompreSeguros.com resultan de importante ayuda.

Más allá de la cuestión obligatoria de disponer de un seguro del automóvil para poder circular por la República Argentina, es imperioso que cada propietario entienda la inversión que este producto representa no solo para protección de su patrimonio, sino también para lograr la tranquilidad que personal y familiarmente se necesita ante innumerables riesgos que vienen aparejados y que es mejor tenerlos cubiertos.

El mercado asegurador nacional está bien nutrido de aseguradoras y seguros de autos, elegir la opción más conveniente siempre será más sencillo si comprende el rol que tiene su vehículo en su vida personal, familiar y profesional. Si tiene alguna duda al respecto, nuestros asesores pueden ayudarlo a clarificar el panorama y hacer la mejor elección.

Un seguro adecuado le permite conservar cuatro puntos de su Licencia Nacional de Conducir, pero sobre todo le da la tranquilidad de contribuir a una verdadera seguridad vial.

¿Qué pasa si un conductor pierde los 20 puntos?

De acuerdo a lo explicado en la página Mi Scoring de Seguridad Vial “cuando se pierdan por primera vez los 20 puntos, la licencia quedará inhabilitada por 60 días. La segunda vez que se pierdan todos los puntos, el plazo aumentará a 120 días y la tercera a 180 días. Luego, el plazo de inhabilitación se irá duplicando, sucesivamente”.

Cabe mencionar que los puntos se pueden recuperar reestableciendo el conductor la licencia, pero para ello “deberá esperar a la finalización del lapso de inhabilitación y realizar un curso virtual con instancia evaluativa”.

El objetivo del curso que se deba realizar se centrará en la concientización y modificación de aquellas “actitudes riesgosas para la convivencia saludable en el espacio público entendiéndolo como una instancia de reeducación que apele a la comprensión de los posibles resultados dañosos, tanto a las cosas como a las personas”.

Si el conductor tiene pérdidas parciales de punto, dispondrá de la posibilidad de realizar un curso virtual con el fin de recuperar 4 puntos y evitar así quedar en 0 lo que significaría la inhabilitación.

“Los conductores particulares, podrán acceder a este beneficio cada 2 años, y los profesionales podrán hacerlo anualmente. Asimismo, en este caso de pérdida parcial, si transcurrieran dos años sin infracciones de ningún tipo, luego de la última infracción que restó puntaje, se reestablecerán 20 puntos automáticamente” según informa el sitio.