El monopatín no es un juguete

Ante el incremento en ventas que tuvieron los monopatines se ha levantado una controversia sobre el buen uso que de este vehículo debe realizarse. Como lo marca la lógica, muchos vecinos preocupados por la conducta poco responsable de algunos conductores recurrieron a las autoridades para conocer lo que marcan las normas al respecto sobre la circulación en monopatín.
hace 3 años, 5 meses
El monopatín no es un juguete

Es cierto que este tipo de vehículos pueden confundirse con un juguete, uno un tanto sofisticado y de amplias prestaciones, pero no lo es. Como todo instrumento de circulación representa tanto una herramienta como un riesgo latente. Como una moto de escasa cilindrada el monopatín no admite la circulación en veredas, ya que es muy peligroso para los peatones y debe cumplir con ciertos requisitos fundamentales para la sana convivencia con el resto de los transeúntes y conductores.

El rasgo de diversión y esparcimiento que puede atribuirse a los monopatines no le quita ningún rasgo de responsabilidad al conducir, ya que sin el criterio correspondiente es un vehículo que expone a quien lo conduce y al resto de los circundantes a riesgos innecesarios. Aunque parezca un juguete el monopatín es un vehículo y debe contar con los mismos requisitos que una moto de sus mismas características.

Normativas al respecto

En CompreSeguros.com recibimos consultas sobre la obligatoriedad de contratar un seguro para monopatín y, si bien no se ha dispuesto una normativa específica al respecto, existen interpretaciones particulares de la Ley de Tránsito 24.449 que apuntan a ingresar al monopatín a la categoría de los motovehículos.

Un ejemplo de ello es la citación por parte del Subsecretario de Tránsito de San Miguel de Tucumán sobre lo expresado en el Artículo 16 en referencia a las clases de licencias, cuando nombra a la Clase A 1.1 para “Ciclomotores hasta cincuenta centímetros cúbicos (50 cc) de cilindrada o cuatro kilowatts (4kw) de potencia máxima continua nominal si se trata de motorización eléctrica”.

Al ser los monopatines vehículo de cuatro kilowatts podrían ingresar a esta categoría y con ello deber presentar la correspondiente documentación para poder circular, es decir tanto el carné de conductor como un seguro de Responsabilidad Civil ante Terceros.

Resoluciones pendientes

Todavía no se han presentado normativas concluyentes al respecto, pero hay en tratamiento diferentes iniciativas para la regulación de los monopatines en la vía pública. Aunque muchos usuarios han considerado la medida como un artilugio para recaudar dinero ante multas por el no cumplimiento de las normativas, lo cierto es que la integridad de las personas en su conducción cotidiana está en juego.

Si se trata de un vehículo motorizado que alcanza una determinada velocidad estable y representa un riesgo para terceros es importante que los conductores tengan la formación suficiente para poder manejar responsablemente, con un total conocimiento de las reglas de tránsito.

Un vehículo en franco asenso

La Cámara Industrial de la Motocicleta, Bicicleta, Rodados y Afines (CIMBRA) destacan el incremento en las ventas que están teniendo en el último tiempo los monopatines eléctricos siendo considerados como algo diferente a un juguete caro. La situación del COVID-19 y las diferentes medidas han influido también, llevando a la gente a elegir al monopatín como una opción que favorece la oxigenación al tiempo que evita el amontonamiento de personas como sucede con autos y transportes públicos.

Este vehículo se está posicionando en la sociedad por diferentes factores que lo hacen único, como la sensación de libertad, distinción en los conductores y responsabilidad con el ambiente.

La discusión sobre el seguro está planteada y algunas aseguradoras ya poseen pólizas acordes a las requeridas, pero lejos se está de emitir la obligatoriedad de la misma. Desde CompreSeguros.com aconsejamos circular siempre con precaución y de forma responsable para evitar sinsabores.