Actualización de montos del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) a través del sitio argentina.gob.ar dio a conocer la actualización de montos del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO) a partir del primero de marzo.
hace 3 años, 2 meses
Actualización de montos del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

El texto destinado a entidades y personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), al universo de empleadores y al público en general expresa los nuevos valores del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO) que entrarán en vigencia a partir del 1 de marzo. Esto es así para “la suma asegurada como para el costo mensual por cada trabajador/a declarado/a”.

Dicha suma se ajustará anualmente conforme al último Salario Mínimo Vital y Móvil publicado al mes de diciembre de cada año. La suma asegurada que resulte de la actualización anual entrará en vigencia a partir del 1 de marzo del año siguiente. La S.S.N. comunicará anualmente con la suficiente antelación la misma, tanto a las entidades aseguradoras autorizadas para su correcta emisión y endosos de pólizas que correspondan, así como también a la Administración Federal de Ingresos Públicos para la actualización del valor mensual de la prima individual en el sistema de declaración jurada (F. 931) que utilizan los empleadores para el pago correspondiente de primas.

El texto fechado el 3 de febrero expresa que “a fin de cumplimentar con el Reglamento del SCVO, tal como surge de su Art. 5º de la Resolución SSN 40.629/2017, es que se fija el último monto publicado por el Consejo Nacional de Empleo, Productividad y Salario Mínimo, Vital y Móvil (Resolución 4/2020 de fecha 16/10/2020) de $ 21.600 para el cálculo de los nuevos valores a aplicar”.

Cabe recordar que el artículo 5 del Reglamento del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio establece que “El costo del seguro estará a cargo del empleador”. Además, se informa que “la suma asegurada, las primas y los conceptos que de ellos se derivan, deben expresarse en moneda de curso legal. La prima se fija en pesos doscientos cinco milésimos ($ 0,205) mensuales por cada mil pesos ($ 1.000) y la suma asegurada será equivalente a la de cinco coma cinco (5,5) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM)”.

Los nuevos montos a partir de marzo serán de Suma Asegurada: $ 118.800,00 | Prima Individual: $ 24,35. En el informe se aclara también que se mantienen los valores por el derecho de emisión: “Hasta veinticinco (25) asegurados: pesos doce ($12); entre veintiséis (26) y cincuenta (50) asegurados: pesos diecisiete ($17) y más de cincuenta (50) asegurados: pesos veinticinco ($25)”.

Una excelente oportunidad

Como es sabido el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio “cubre el riesgo de muerte e incluye el suicidio como hecho indemnizable, sin limitaciones de ninguna especie, de todo trabajador en relación de dependencia, cuyos empleadores se encuentren o no obligados con el Sistema Único de la Seguridad Social”, con la expresa exclusión de los trabajadores rurales permanentes amparados por la Ley 16.600 y aquellos trabajadores contratados por el término menor a un mes.

Este seguro, además de resultar una obligación para el empleador, es una excelente oportunidad para incentivar a los miembros de la organización al mismo tiempo que se reconoce su importancia y su valía.

Esta es la nueva concepción que tienen los líderes de las compañías que ven en los seguros la oportunidad expresa de pensar a estos no como un gasto sino como una inversión que apunte a la excelencia y calidad, poniendo el foco en la cultura de cada organización.

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