Cotiza el seguro de tu auto Provincia Seguro Aeronavegación

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Provincia Seguro Aeronavegación

Los seguros para empresas de Provincia Seguros son pólizas de protección que dan en el clavo de las necesidades de los diferentes emprendimientos que hacen grande a nuestro país. Entre los vastos rubros que demandan de una buena cobertura se le suman las especificaciones de cada negocio.

Dentro de las pólizas que Provincia Seguros pone a disposición de las empresas, sean estas del ámbito industrial, comercial o dedicadas a los servicios se encuentran: Integral de Comercio, RC Operadoras de Turismo, Seguros Pymes, Agro, Seguro ante Robo, Seguros de Vida, Accidentes Personales y Sepelio, Caución, Automotores, Transporte de Mercaderías, Responsabilidad Civil, Incendio y Seguro de Aeronavegación.

También, la vasta experiencia de la empresa, le permite a Provincias Seguros hacer un gran trabajo para el segmento personas. Las pólizas disponibles son, casualmente, las más solicitadas: Seguro de Auto, Seguro para Motos, Garantía de Alquiler, Embarcaciones de Placer, Accidentes Personales, Bolso Protegido y Seguro de Hogar.

En relación a las pólizas que responden a una oferta especifica de las empresas, Provincia ha realizado un trabajo de excelencia a la amplia gama de coberturas para la actividad aeronáutica comercial y/o privada. En la cual se establece como bienes asegurables a los aviones monomotores, aviones bimotores, aviones multimotores, aviones a reacción y helicópteros, para de esta forma dar respuesta a todos los requisitos de los interesados.

Las principales coberturas de este seguro se signan en tres áreas particulares, la primera integra lo referente a daños a la aeronave: se cubren daños ya sea por pérdidas o daños materiales directos, totales y parciales. La segunda cobertura considerada es la de Responsabilidad Civil Aeronáutica, así el asegurador se obliga a mantener indemne al asegurado por cuanto deba a un tercero, en razón de la responsabilidad que surgiera del Título VII del Código Aeronáutico con motivo de daños causados por la aeronave descripta en las condiciones particulares, y ocurridos dentro del territorio de la República Argentina.

La tercera cobertura, fundamental en el rubro, es la de Accidentes Personales Aeronáutico, en ella el asegurador se compromete al pago de las prestaciones estipuladas en el contrato de seguro, en el caso de que la persona designada en la misma como asegurado ,sufriera durante la vigencia del seguro algún accidente aéreo durante un vuelo de las características especificadas en las condiciones particulares, que fuera la causa originaria de su muerte o invalidez permanente o temporaria, total o parcial, y siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten a más tardar dentro de un año a contar de la fecha del mismo.

Para completar cualquier exigencia que pudiera surgir, se consideran coberturas adicionales en relación a Responsabilidad Civil Químicos, un plan especial de agroquímicos, especialmente diseñada para aeroaplicadores y Vuelos Ferry.

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