Cotiza el seguro de tu auto MetLife Seguros de Obligaciones Patronales

Cotiza el seguro para tu Auto
BUYINS S.A. no comercializa productos y servicios de Caja de Seguros S.A.

MetLife Seguros de Obligaciones Patronales

Como es bien sabido, todos aquellos empleadores que buscan en los seguros mucho más que respuestas obligatorias para encontrar experiencias positivas que pongan en valor al, nada más y nada menos, recurso humano entienden la importancia de disponer del respaldo de MetLife ¿y por qué? Las razones son varias, una de ellas es su trayectoria de más de 25 años en el mercado nacional destacándose por su capacidad para responder y su vocación para hacerlo siempre tal y como se ha pactado, más allá de diferentes situaciones socio económicas que puedan afectar a la historia argentina.

Es así como la compañía dispone de una importante Línea de Seguros Corporativos compuesta por Vida Voluntario, Ley Contrato de Trabajo, Vida Obligatorio, Vida Convenio Mercantil, Vida + Ahorro, Sepelio, Grupos de Afinidad y Obligaciones Patronales que se suma a las líneas de Seguros de Vida; Seguros de Accidentes Personales y Seguros Patrimoniales solo por mencionar algunas, entre las que se encuentran Family Future y Bolso Protegido entre muchos más.

El Seguro de Obligaciones Patronales está pensado para que los clientes puedan dar la mejor respuesta posible en caso de que algún empleado sufriese un siniestro. Las alternativas disponibles son Seguro Obligatorio Decreto 1567/74, Convenios Laborales y Ley Contrato De Trabajo (Ley N° 20.744).

Desde MetLife se explica de manera somera para facilitar la comprensión de cada alternativa diciendo:

El Seguro Obligatorio Decreto 1567/74 es de contratación obligatorio de acuerdo a lo establecido por el citado decreto a los fines de “cubrir la muerte del trabajador las 24 horas”. La muerte cubierta puede ser por cualquier causa y el encargado de realizar la contratación no es otro que el empleador.

Por su parte el Seguro de Convenios Laborales es de contratación obligatoria de acuerdo a lo dispuesto en cada Convenio Colectivo de Trabajo y la contratación corresponde en 2/3 y 1/3 al empleador y empleado respectivamente. Esta póliza cubre “Muerte e Invalidez Total y Permanente por Enfermedad y/o Accidente”.

El Seguro Ley Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744) es la respuesta más conveniente ante la responsabilidad que le compete al empleador de pagar la indemnización, pudiendo a través de este seguro subrogarla. Este seguro cubre “Muerte e Invalidez Total y Permanente por Enfermedad y/o Accidente” a razón de medio sueldo y un sueldo por año de antigüedad por muerte e incapacidad respectivamente.

El horario de cobertura de los tres seguros son las 24 horas, todo el año y en cualquier lugar.

Para los empleadores el Seguro de Obligaciones Patronales es la mejor respuesta en caso que uno de sus empleados sufra algún tipo de siniestros, pero esto excede el mero hecho obligatorio para significar la posibilidad de estar todos tranquilos de saberse respaldados por una aseguradora de confianza como lo es MetLife.

MetLife Seguros de Obligaciones Patronales

  • Tte. Gral. Perón 646 - 3º piso - CABA
  • 0800-222-7500 | 0800-333-9049
  • www.metlife.com.ar