Cotiza el seguro de tu auto La Territorial Seguro de Vida Obligatorio Decreto 1567/74

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La Territorial Seguro de Vida Obligatorio Decreto 1567/74

Pensar en contratar un seguro no es una tarea que, en principio, implique demasiada discusión sin embargo saber qué compañía de seguros elegir abre el panorama de una manera casi inusitada.

Con la mejor información y la seriedad que la tarea requiere, optar por La Territorial Vida y Salud, Compañía de Seguros no es más que una decisión obvia para los empleadores y gerentes de las empresas por lo que esta aseguradora significa para la tranquilidad de los miembros de la firma y la posibilidad de mirar hacia el futuro con una construcción única de lo que vendrá.

La firma especialista en seguros de vida y salud, gestionada y administrada por El Progreso Seguros, permite garantizar un futuro seguro y una interpretación propia a través de, entre otros, los Seguros de Accidentes Personales, Vida Obligatorio Decreto 1567/74 P.E.N., Vida Obligatorio Trabajadores Rurales Ley Nº 16.600; todos ellos estableciendo una diferencia entre solo contratar un seguro y estar seguro de verdad.

La Territorial explica que, con el Seguro de Vida Obligatorio, Decreto 1567/74 P.E.N., son asegurables todos aquellos empleados del contratante que estén en relación de dependencia a la fecha de inicio de vigencia del contrato. Quedan exceptuados los menores de catorce años, los trabajadores que no se encuentren en relación de dependencia, tampoco son asegurables los trabajadores que se hallen contratados por períodos menores a los 30 días y los trabajadores rurales, por tanto ellos ya cuentan con una protección especial estipulada por la Ley 16.600.

La cobertura básica del Seguro de Vida Obligatorio, Decreto 1567/74 P.E.N., otorga respuesta por fallecimiento por cualquier causa las 24 horas. Los capitales asegurados están basados en la reglamentación vigente y la suma se actualiza de forma periódica por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

La edad máxima de permanencia es hasta el cese del servicio activo del asegurado quien cuenta con la libertad de designar libremente a sus beneficiarios y de no realizar la designación “se depositará el importe judicialmente hasta que se determine la sucesión del asegurado fallecido”.

El Seguro de Vida Obligatorio, Decreto 1567/74 P.E.N. cuenta como requisito que se tenga una “relación de dependencia mayor a 30 días” significando para el empleador contratante y sus trabajadores una demostración de confianza, respaldo y revalorización porque no se trata solo de cumplir con una obligación, sino que es propender a brindarles lo mejor en cada momento.

Pensar en la correcta elección de una compañía de seguros en quien confiar y con la cual establecer una relación de larga duración significa el primer paso para que el seguro elegido sea una decisión inteligente. Pensar la mejor opción en aseguradoras lleva, sin dudas, a optar por La Territorial Vida y Salud, Compañía de Seguros.

La Territorial Seguro de Vida Obligatorio Decreto 1567/74

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