Dentro de las prestaciones en seguros de vida, una fundamental es la póliza que protege a trabajadores y cuentapropistas en el desarrollo de sus actividades: el seguro de Accidentes Personales.
Los seguros de Accidentes Personales son pólizas que se pueden adaptar a los diferentes requerimientos de los clientes, por comenzar, se puede contratar de forma individual o colectiva. Es decir que un grupo de trabajadores pueden acceder a mejores condiciones si se agrupan para realizar una contratación colectiva.
La cobertura del seguro de Accidentes Personales incluye los riesgos de Muerte y/o Invalidez Permanente, Total o Parcial, siempre que sean producidas, exclusivamente, por un accidente. Las sumas aseguradas son variables dentro de un rango de valores con mínimos y máximos, según el caso.
Además, la póliza ofrece Coberturas Adicionales, entre las que se pueden contratar Asistencia Médica con sumas aseguradas máximas, mínimas y franquicias según las particularidades que se presenten. Otro servicio disponible es Renta Diaria, la cual tiene una carencia inicial de 15 días, siendo el período máximo a indemnizar el de 90 días. Para contar con esta cobertura, se debe haber contratado también el adicional de Asistencia Médica. Por último, está disponible también la contratación por Gastos de Sepelio.
Para mayor tranquilidad de los clientes la compañía le brinda un listado completo sobre los Riesgos Excluidos en pólizas para saber de forma cierta cuales son los eventos cubiertos por el seguro. Solo a modo de ejemplo quedan excluidos: mayores de 65 años o menores de 14 años, personal de Servicios de Seguridad y Bomberos o aquellos accidentes derivados del uso de motocicletas y similares.
La modalidad en la que se brinda la cobertura puede ser de forma Permanente es decir las 24 horas del día o determinando la cobertura a momento específicos, por ejemplo: Accidentes Personales durante Profesión y/u Ocupación, exclusivamente; Con In Itínere: la cobertura de la póliza se limita únicamente y exclusivamente a amparar los accidentes ocurridos con motivo y en ocasión de la actividad declarada al momento de contratación, incluyendo el trayecto hacia y desde el lugar de donde se desarrolla la mencionada actividad; Sin In Itínere: excluye el trayecto de llegada y partida del trabajo. Otras modalidades son: Tránsito únicamente: El asegurado estará cubierto únicamente en caso de accidentes de tránsito terrestre, como peatón, pasajero y/o conductor no profesional. Excluyendo Profesión y/u Ocupación Esta modalidad no ampara al trabajador mientras este desarrolle su actividad habitual en las horas y lugares determinados.
Copan Seguros es una empresa con larga trayectoria y un comienzo, como ellos mismos lo informan, modesto. Esta aseguradora de carácter meramente solidario es fruto de un gremio, el de los industriales panaderos que veían en la asociación mutual la mejor manera de organizarse.