Cotiza el seguro de tu auto Instituto de Seguros Seguro de Vida Colectivo

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Instituto de Seguros Seguro de Vida Colectivo

El Instituto de Seguros ofrece soluciones caracterizadas por su visión de futuro para cada persona y su familia, haciendo esto inclusivo a diferentes tipos de organizaciones como empresas y asociaciones para proteger su gente, es decir, su activo más valioso.

A tal fin la propuesta del Instituto es el Seguro de Vida Colectivo que, como es su característica, se adapta a las necesidades manifiestas a través de cinco alternativas posibles: Amparo Familiar, Consumo Garantizado, Ley De Contrato De Trabajo, Convenio Mercantil y Seguro de vida.

Amparo Familiar es un producto que permite extender la cobertura del asegurado al grupo familiar obtenido por ser “miembro de una empresa o asociado a una institución”.

Con Amparo Familiar, el Instituto de Seguros cubre muerte por enfermedad o accidente a empleados, cónyuges e hijos menores de 23 años, garantizando la tranquilidad de contar con dinero seguro en pesos argentinos en caso de sufrir alguno de los imprevistos mencionados. La suma asegurada depende de las posibilidades y necesidades propias de cada cliente.

Consumo Garantizado, resulta una solución para mutuales, clubes y sindicatos solo por mencionar algunos, ya que protege a clientes y asociados en caso de muerte por enfermedad o accidente permitiendo que el estilo de vida de los beneficiarios no se vea modificado gracias a este notable producto del Instituto de Seguros.

Otra de las pólizas disponibles que hacen al Seguro de Vida Colectivo es la Ley De Contrato De Trabajo. Este instrumento está pensado para que cada empleador pueda cumplir con lo establecido por ley respaldando sus obligaciones para con sus empleados en casos de “Muerte por enfermedad o accidente e Invalidez total y permanente por enfermedad o accidente”. La suma asegurada representa medio y un sueldo por cada año de antigüedad en caso de fallecimiento o incapacidad respectivamente.

Convenio Mercantil es un seguro de carácter obligatorio para “todos los empleados pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo Mercantil (CCT n° 130/75)”. Esta póliza cubre muerte por enfermedad o accidente e invalidez total y permanente por enfermedad o accidente. La sumara asegurada se establece de manera periódica de acuerdo a lo definido por el Convenio Colectivo de Trabajo.

Por último, a través de un seguro de vida se da cumplimiento a lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.774 permitiendo a los empleadores hacer frente a la obligatoriedad de responder en caso que sus empleados fallezcan o queden incapacitados para trabajar. El seguro de vida permite “subrogar las obligaciones emergentes de esta norma legal trasladando un alto riesgo a Instituto de Seguros a un bajo costo”. Con este seguro el beneficiario es el empleador.

El Instituto, a través de soluciones como Seguro Integral de Comercio e Industria, es protección profesional brindada por amigos.

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